O IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Los elementos de la obligación tributaria sustancial, están establecidos en el articulo de la Constitución Política
SUJETO.
Sujeto Activo. Estado Nación. El Estado Colombiano como acreedor del vinculo jurídico y quien esta facultado para exigir el cumplimiento del pago del impuesto.
Sujeto Pasivo. Es el deudor de la obligación tributaria. Consumidores de bienes y servicios gravados y los importadores.
En el impuesto sobre las ventas, es necesario hablar del sujeto pasivo en dos ámbitos de la relación Sujeto Activo Sujeto Pasivo.
• El sujeto Pasivo Jurídico.
Es la persona en quien recaen las obligaciones formales de inscripción, registro, declaración, traslado del saldo, y certificación.
• El sujeto Pasivo Económico.
Es la persona en quien recae la obligación de pago del impuesto.
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