Ahora explicaremos los Bienes excentos y los Bienes excluidos
Productos excentos del Iva: los computadores personales cuyos valores no excedan las 82UVT, es decir, 2'060.284$. las carnes, los quesos, los huevos, la leche liquida, animales, vivos, productos constituidos por los componentes naturales de la leche.
Un bien exento es un bien gravado, por tal razón, quienes produzcan bienes exentos, son responsables del impuesto a las ventas, y como tal deben declarar Iva. Quienes comercialicen bienes exentos no son responsables del impuesto a las ventas, sólo lo son los productores, por tanto, sólo los productores de bienes exentos pueden solicitar como descuento el Iva pagado en sus compras.
Bienes excluidos:
Respecto a los bienes y servicios excluidos, estos no causan Iva. No están sometidos al impuesto sobre la a las ventas, y al no estar sometidos a dicho impuesto, no son responsables de él, y al no ser responsables no deben declarar.
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